Al iniciar una relación afectiva o meramente sexual, la mayoría de las personas no actúa con plena responsabilidad. No me refiero únicamente a los embarazos no planeados, sino también a la falta de conversaciones directas, claras y concretas sobre temas de salud, enfermedades de transmisión sexual (ETS) y el uso de preservativos. Es paradójico que, al llegar a un nivel de intimidad con alguien, exista vergüenza o incomodidad para abordar estos temas esenciales.
Actualmente, especialmente entre los jóvenes, las relaciones suelen carecer de formalidad y compromiso. Se utilizan términos como “amigovio”, “quedante”, “casi algo” o “free” para referirse a relaciones esporádicas. Según la Encuesta Nacional sobre Diversidad Sexual y de Género (ENDISEG) 2021, el 44.1% de los hombres y el 32.1% de las mujeres tuvieron su primera relación sexual entre los 15 y los 17 años. Asimismo, el Programa Nacional de Juventud (Projuventud) señala que 7 de cada 10 jóvenes comenzaron su vida sexual entre los 15 y 19 años de edad.
De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud (OMS), el 60% de las personas que adquieren enfermedades de transmisión sexual diariamente son menores de 25 años, y el 30% de estas son adolescentes. Además, el 50% de las nuevas infecciones ocurren en personas de entre 15 y 24 años. Las infecciones de transmisión sexual más comunes incluyen gonorrea, sífilis, VPH, VHS y tricomoniasis.
Aunque este panorama se enfoca en las prácticas de los jóvenes y sus nuevas formas de relacionarse, existe otra realidad preocupante. Muchas mujeres en relaciones estables, ya sea en matrimonio o concubinato, también han sido contagiadas de ETS por sus parejas. De hecho, 9 de cada 10 mujeres con VIH fueron infectadas por su pareja estable. En México, el 50% de las personas admiten haber sido infieles, según una encuesta telefónica del sitio de citas Hounters.mx, citada por Forbes México. Este dato evidencia que una relación estable no garantiza protección frente a enfermedades de transmisión sexual.
Un aspecto poco conocido es la posibilidad de recurrir a herramientas legales en situaciones de contagio. El Capítulo II, Artículo 170 del Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Guerrero establece:
“A quien, con conocimiento de que padece una enfermedad grave en un periodo infectante, ponga en peligro de contagio la salud de otro, por relaciones sexuales u otro medio transmisible, siempre que el sujeto pasivo no tenga conocimiento de esa circunstancia, se le impondrá de 1 a 4 años de prisión y de 50 a 200 días de multa. Si la enfermedad es incurable, se impondrá al sujeto de 2 a 10 años de prisión y de 100 a 500 días de multa. Este delito se perseguirá por querella de la víctima”.
Aunque este fundamento jurídico está vigente, no deberíamos llegar a depender de su aplicación. Es crucial cuidar nuestro cuerpo como el hogar más valioso que poseemos. No permitamos que alguien entre en nuestra vida sin estar seguros de las condiciones de salud que compartimos. Hablemos sin miedo sobre nuestras inquietudes, fomentemos la realización de estudios médicos previos y, sobre todo, practiquemos el lema: “Sin gorrito, no hay fiesta”.